Vencido dicho lapso la Juez procedió, con fundamento en el artículo 158 de la Ley Orgánica de Procesal del Trabajo, a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública por cuanto no consta en las actas la información solicitada a la entidad Bancaria Banesco Banco Universal; la cual por error involuntario no fue envida a la sucursal correspondiente. Se procede entonces a subsanar el error y a fijar el día diez (10) de enero de 2008 a las 2:00 de la tarde para que tenga lugar la misma, ya que debido a la complejidad del caso se considera prueba fundamental para que este juzgador proceda a dictar el fallo. Líbrese oficios.-
Se deja constancia de que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.