declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto
En consecuencia:
1. Se declara improcedente el derecho preferente solicitado por la parte actora en razón de los argumentos expuestos supra.
2. Se declara procedente el retracto legal peticionado por la demandante, por lo que: 2.1 La ciudadana Reyna Rosa Caldera Vargas, titular de la cédula de identidad N° 10.373.474 subroga a la ciudadana Eladia Josefina Lara, titular de la cédula de identidad N° 4.478.083 en la venta que le hiciera el ciudadano Juan Luís García Arellano mediante documento autenticado ante la Notaría Pública de San Felipe el 3 marzo de 2006 anotado bajo el N° 69, tomo 17 de los libros de autenticaciones. 2.2 Dicha subrogación se hace en las mismas condiciones estipuladas en el citado instrumento traslativo de propiedad. 2.3 Notifíquese a la Notaría Pública de San Felipe de esta decisión. 2.4 La demandante subrogada, ciudadana Reyna Rosa Caldera, deberá consignar el monto de la cantidad pagada.....