se ordena al ciudadano: JULIO CESAR JORDAN AGUILAR en la persona de su Apoderada Judicial Abogada SARA BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 13.313.277, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.181, con domicilio procesal en la Calle 19 esquina carrera 23, Nº 23-12, de Yaritagua Municipio Autónomo Peña del Estado Yaracuy, que corrija el escrito de libelo de la demanda dentro del lapso de los Dos (2) días hábiles siguientes a la fecha que conste en autos su notificación, que a tal fin se le practique, conforme a lo anteriormente establecido