Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 de la Carta Magna; y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 18 de mayo de 2018, por el abogado JUAN SIMÓN GANDICA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida en fecha 15 de mayo de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, referido únicamente al particular tercero del dispositivo de la sentencia, que había declarado que no había especial condenatoria en costas.
Segundo: SE REV.....