este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185, presentada por el ciudadano PABLO DUBRAIN SUNIAGA HEREDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.554.933, en contra la ciudadana ANA MARÍA CALDERÓN CERMEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.014.46, DECRETA la disolución del vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha doce (12) de diciembre del año 2014, por ante la Comisión de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 133, Folio Nº 133, que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa oficina para el año 2014.