Homologa el desistimiento en los mismos términos en que fue expuesto, por la parte actora, ciudadana: ZAIDA IRSA ORTIZ DE NOGUERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad No. 10.860.452, asistida por el Abogado José A., Mendoza, Inpreabogado No. 132.403, contra el ciudadano: CARLO CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 3.547.022; todo conforme a lo consagrado en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Archívese el presente expediente, una vez que quede firme la presente decisión.