decide:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado en ejercicio de su profesión Rubén Rafael Rumbos Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.930, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada Raúl Rodríguez Herrera, contra la decisión dictada en fecha 17 de julio de 2009, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha 17 de julio de 2009, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, mediante la cual Declara CON LUGAR LA SILICITUD DE CONSTRUCCIÓN ILEGAL incoada por el ciudadano MARLON JACOBO JAÉN PINEDA, quien estuvo representado por el abogado en ejercicio de su profesión Balmore Rodríguez Noguera, contra los ciudadanos RAÚL RODRÍGUEZ HERRERA, MANUEL RODRÍGUEZ HERRERA y CARMEN RODRÍGUEZ.