CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Luis Eduardo Domínguez, representante de la parte demandada en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en el juicio de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentado por el abogado Manuel Vicente Navas Pietri en contra de la Sociedad Mercantil Renacer C.A., y en consecuencia DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy a los fines de que proceda a la admisión o no de la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentada por el abogado Manuel Vicente Navas Pietri. Se declara la nulidad de todas las actuaciones cumplidas en el presente caso. No hay condenatoria en costas dada la índole de la sentencia.