Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, califica la aprehensión de los adolescentes: Eude Jose León Heredia y Eliander Javier Martínez Aguiar, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor previsto en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1,2,3,10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, según acción incoada por la Fiscalía del Ministerio Publico.
2. De acuerdo a lo preceptuado en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se impone a los adolescentes encartados la medida cautelar de Prisión Preventiva prevista en e.....