Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado y a su vez quien Juzga les recomienda a las partes reunirnos en la próxima Audiencia aquí Prolongada en compañía de la Abogada: CRUZ MARIA LEON, venezolana, mayor de edad, quien tiene la condición de Jefe de Personal del Ente Demandado, y los Actores, por lo tanto se les insta a los Apoderados Judiciales de las partes en compañía de sus representados, por consiguiente, se acuerda PROLONGAR esta Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES 23-04-2008, a las 12:00 M. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las .....