DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE. En consecuencia, se ordena la corrección de la referida Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en los Libros de Nacimientos del año 1.997, bajo el N° 737, llevados por la Coordinación de Registro Civil del Municipio Autónomo Independencia del Estado Yaracuy, así como por el Registro Principal de este Estado, en el sentido de que se corrija el error en cuanto al apellido de la madre que aparece como "QUIÑONEZ", siendo lo correcto "QUIÑONES", es decir "S" en lugar de "Z", igualmente se incurrió en el error de colocar la cedula de identidad de la madre como "7.588.590", siendo lo correcto y cierto que debió colocarse "12.080.483".
Expídanse copias certificadas de la presente decisión y con oficios remítanse a la Coordinación de Registro Civil del Municipio Autónomo Independenc.....