DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por el ciudadano JUAN FRANCISCO GARCIA ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.701.853, debidamente asistido por la abogada ELVIGIA RAMONA ALVAREZ JAYARO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 152.531. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, de lo esgrimido anteriormente se acuerda declarar TITULO SUPLETORIO, al ciudadano identificado anteriormente, sobre las bienhechurías que acoge el escrito de solicitud; consistentes en una casa de bahareque, constante de dos (02) piezas,.....