DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA PERENCIÓN BREVE en la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES DISJOR, C.A., representada por su apoderado abogado JULIO CÉSAR ALVARADO, Inpreabogado Nº 126.060 contra la ciudadana SEGOVIA de ULRICH JENNY EMPERATRIZ, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.