De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NIEGA, el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de octubre de 2024, contra el auto dictado en 21 de octubre de 2024, el cual consta al folio 118 de la Pieza N° 1 del expediente, por el abogado DOUGLAS JOSE PAEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.728.525, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.234, actuando en nombre propio y representación. SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.