DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones y fundamentos de hechos y de derecho, a tenor de lo dispuesto en los Artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada en este proceso que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE INSTRUMENTO PRIVADO, ha incoada la ciudadana TRINA MERCEDES SUÁREZ, asistida del abogado WLADIMIR GONZALEZ ZAVARCE, en contra de la ciudadana CARMEN ISABEL SUÁREZ DE GUTIERREZ, todos identificados anteriormente.
SEGUNDO: SE DECLARA RECONO CIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO MARCADO CON LA LETRA "A", que corre inserto al folio 02.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del juicio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada po.....