dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que, por Divorcio fundamentada en el Ordinal 2° del Artículo 185 del Código Civil, intento la ciudadana YOLANDA LOPEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-4.178.902, domiciliada en Transversal 1, casa Nro. 1-3, de la Urbanización San Antonio, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, representada judicialmente por el Abogado Pascualino Di Egidio Vitalone, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.510.256, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.666; en contra del ciudadano ENRIQUE DE JESÚS HIDALGO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-3.082.429, domiciliado en la Calle El Samán, Urbanización Norte I, Quinta Jerabes, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, representado judicialmente por el Defensor Ad-litem Abogado Pedro José Cárdenas Peña, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad .....