este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, GISELA JOSEFINA DOMINGUEZ DE CABELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.653.201, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del INTI, ubicado en la avenida 02, casa sin número, sector Tacarte, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (1234,77 Mts2) con un área de construcción de CIENTO TRES METROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS ( 103,35 Mts2 ), comprendidos dentro de los siguiente.....