En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR demanda por Colocación Familiar intentada por el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente, del Municipio Manuel Monge del Estado Yaracuy, actuando por petición de la ciudadana CARMEN ROSA CASTILLO CAURO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.913.290, domiciliada en la parte alta de la Farmacia Nueva al lado de la Panadería Principal cruce Yumare, Municipio Manuel Monge del estado Yaracuy, en beneficio de las niñas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de diez (10) años y cinco años (05) respectivamente. En beneficio de la solicitante, de conformidad con los artículos, 396 y 397 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de los ciudadanos, FRANCYS YAMILETH ARENAS CASTILLO Y M.....