De acuerdo con los razonamientos anteriormente explanados este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL) intentada por el abogado en ejercicio ANDRÉS RIVAS, Inpreabogado Nº 194.450, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana HANNY FRAYDELIS BALZA GARCÍA, ya identificada contra el ciudadano NAUDY ANTONIO SANGUINO FERNÁNDEZ.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada su naturaleza.
TERCERO: Se ordena la devolución de la documental original cursante en autos, una vez la parte provea los emolumentos necesarios para las mismas