Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con autoridad de la Ley, DECLARA: Homologado el Desistimiento del procedimiento, de fecha 17 de Marzo de 2014, cursante al folio 16.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los diecinueve (19) días del mes de Marzo del año Dos Mil Catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación. Regístrese, Publíquese-
La Juez Temporal,
Abg. Indira G. Oropeza Añez
La Secretaria,
Abg. Mónica Cardona
En esta misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo las 2:20 p.m.-
La Secretaria,
Abg. Mónica Cardona