DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: LUIS EDUARDO HENRÍQUEZ FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.454.509 y con domicilio en este Municipio:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de sus hijos los niños: (Identificación Reservada), por la cantidad de DOSCIENTO CUARENTA BOLIVARES (Bs. 240,00) mensuales, que deberá entregar en efectivo, al inicio de cada mes por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cubrir al menos el 50% de los gastos que por atención médica, medicinas, calzado en general, ropa, recreación, cultura, deportes, y estrenos de fin de año, requieran los niños en cuyo beneficio se aumenta esta obligación de manutención.-
Los retardos en el pago de la obligación de .....