Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO y acogiendo el criterio emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la Sentencia N° 1070, de fecha nueve (09) de Diciembre de Dos Mil Dieciséis (2016), presentada por los ciudadanos SANDRO DE LOS SANTOS GALLARDO y AMALIA ROSA DÍAZ MENA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad N° V-7.412.630 y V-12.281.404, respectivamente.
SEGUNDO: LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos, en fecha veintiuno (21) de Diciembre de Dos Mil Uno (2001), ante la Cámara Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Yaracuy, según const.....