esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Fernando Salcedo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el Nº 78.688, actuando en su carácter de Defensor Privado del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada en fecha 08 de abril de 2010 y publicados sus fundamentos en fecha 11/04/2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado, decreto Medida Cautelar Privativa de libertad a su representado.