Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa se observa que por decisión de fecha 14 de agosto de 2005, este Tribunal decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano DIONISIO JOSE SOTO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.934.993, de 29 años de edad, oficio albañil, fecha de nacimiento 19-03-1976 y residenciado en la sexta avenida con calle 23, casa S/N color beige, San Felipe del Estado Yaracuy, por la comisión de los delitos de FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO y VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de la ADMINISTRACION DE JUSTICIA y de la ciudadana RAQUEL ESPERANZA MENDOZA MENDOZA, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se observa que en fecha 13 de septiembre de 2005 venció el lapso previsto en el párrafo tercero del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, sin que el Ministerio Público presentara formal acusación en contra del imputado ni la sol.....