D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA, al penado ANDERSON LOPEZ ARLY, de nacionalidad venezolana, natural de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy, nacido el 02/02/1984, de 23 años de edad, soltero, de ocupación indefinida, domiciliado en la carrera 25 entre calles 11 y 14 del sector El Goajiro, casa sin número, Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy e indocumentado, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por un lapso de dos (2) años, siete (7) meses y veintisiete (27) días, los cuales se cumplirán en fecha 16 de Mayo del año 2.010 (16-05-2.010), imponiéndole conforme al artículo 494 del Código Orgánico Procesal P.....