D E C I S I O N
En base a los razonamientos anteriores, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana: CARMEN ALEIDA BAZAN DE RIERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.5.456.267 y domiciliada en la Urbanización Manuel Cedeño, casa N°.28, de esta ciudad de San Felipe, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: Pedro Pablo Díaz Puertas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.5.697, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por ante la coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio San felipe, así como la que riela en los libros que reposan en el Registro Principal ambos del Estado Yaracuy, para el año de 1966, en el sentido.....