Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el ciudadano ABRAHAM JOSÉ ALCALÁ SABA, suficientemente identificado, en el Recurso Contencioso Administrativo de Anulación ejercido en contra de los actos administrativos denominados "CARTA DE REGISTRO" y "TITULO DE ADJUDICACIÓN SOCIALISTA AGRARIO", emitidos por el Instituto Nacional de Tierras.
SEGUNDO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
TERCERO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.