este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO DIAZ y ANGELA ANTONIA GOITIA DE DIAZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos 7.037.299 y 9.077.109, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada YOLANDA CAROLINA CASTILLO CALVETTE quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 114.614, y DECRETA: LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ellos, el día dieciséis (16) de Septiembre de 1980, por ante la Prefectura del Municipio San Pablo, Distrito Sucre del Estado Yaracuy, hoy día Registro Civil del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, según el Acta de Matrimonio signada con el Nº 39 del Libro de Registro Civil de Matrimonios.....