En fecha veinte (20) de septiembre del año 2011, la ciudadana: ROSANA MERCEDES CASTILLO GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.320.359 y de este domicilio, interpuso acción por MANUTENCIÓN, a favor de los niños: EDGAR DAVID y EDUAR DAVID BERROTERAN CASTILLO y contra el ciudadano: DAVID RAMON BERROTERAN NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.697.420 y con domicilio en los Teques, estado Miranda, ahora bien; la acción fue admitida por este juzgado en fecha veinte (20) de septiembre del año 2011, y en la misma se acordó librar exhorto para que el Juzgado de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del estado Miranda, gestionara la citación, por lo que tal juzgado dio entrada a dicha comisión en fecha 20 de diciembre de 2011, por lo que se ha procedido a revisar exhaustivamente cada una de las actuaciones que consta en la citada comisión desde su admisión por el referido tribunal (folio 15), la cual, se efe.....