a favor de la ciudadana EDDY JOSEFINA AZUAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.481.331 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y Notifíquese mediante oficio al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, provistas como sean las copias fotostáticas relativas a la misma.