Vista la diligencia presentada en fecha trece (13) de abril de dos mil veintitrés (2023), los abogados en ejercicio LILIAN UZCÁTEGUI PAREDES y CARLOS ALBERTO CASTILLO PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad númerosV-10.109.571 y V-11.649.957, respectivamente, e inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 68.065 y 46.080, en su orden, actuando en su condición de apoderados judicialesde la sociedad mercantil "HACIENDA SANTA LUCIA, C.A.", debidamente registrada por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 382, Tomo Jdo. 2 ficha N° 2979, de fecha veintiséis (26) de noviembre de 1969; en la cual expone: "(...) solicitamos muy respetuosamente, se nos nombre CORREO ESPECIAL a los fines de trasladar el despacho de comisión contentivo de las NOTIFICACIONES de la MEDIDA DE PROTECCION DICTADA POR SU DIGNO TRIBUNAL EN FECHA VEINTIDOS (22) DE MARZO DE 2023, al INSTITUTO NACIONAL DE TIER.....