CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de mayo de 2007 por la ciudadana Ana Elodia Gómez, actuando en representación de sus menores hijos (identidad omitida), contra decisión dictada en fecha 26 de abril de 2007, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Sala de juicio Nº 1.
En consecuencia:
1. Se fija el monto de la pensión alimentaria en la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,oo) mensuales.
2. Por concepto de útiles escolares se fija la cantidad de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000,oo), correspondiendo la mitad de dicha cantidad para cada niño.
3. Por concepto de cuota extraordinaria de aguinaldo se fija la cantidad de ochocientos mil bolívares (Bs. 800.000,oo), correspondiendo la mitad de dicha cantidad para cada niño.
4. El atraso injustificado en el pago de la pensión de alimentos causará intereses a la rata del 12% anual.
5. Deposítese las cantidades fijadas en.....