DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA MATERIA, para seguir conociendo de las presentes Solicitudes de Medidas Cautelares, MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ESPECIAL DE PROHIBICION DE HACER, y MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ESPECIAL DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA.
SEGUNDO: Se ordena extraer de la primera pieza Principal, copia certificada del Procedimiento de RESCATE AUTONOMO DE TIERRAS, sobre el lote de terreno denominado GRANJA SAN JAVIER- LA CARIDAD C.A., el cual se encuentra inserto a los folios doscientos ochenta y uno (281) al folio doscientos noventa y tres (293), ambos inclusive, para ser agregado al presente Cuaderno de Medidas.
TERCERO: se ordena la notificación de las partes de la presente decisión.
CUARTO: se acuerda remitir el presen.....