este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente, para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos CLEYMAR YOHANNA UGARTE, CLEYBER ANTONIO MENDOZA UGARTE, CLEMENTE ANTONIO MENDOZA UGARTE y NERIS MARBELLA UGARTE DE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-14.607.027, V-14.998.714, V-17.255.659, V-4.968.578, respectivamente, hijos y esposa del causante ciudadano CLEMENTE ANTONIO MENDOZA JUAREZ, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.508.434; quedando en todo caso a salvo los derec.....