Ahora bien, siendo obligación del Juez, una vez recibida la demanda por distribución antes de admitirla, examinarla cuidadosamente para verificar si están llenos los extremos de ley, es por lo que pasa a hacer una exhaustiva revisión de la presente demanda, lo cual pasa a hacerlo de la siguiente manera: Es necesario precisar que en atención a los establecido, por la precitada Sala y dado que para el caso concreto se planteó por ante este mismo Tribunal, la misma causa y con la misma parte la cual fue inadmitida en fecha 02 de Junio de 2022, tramitada bajo la solicitud Nº 2311 de la nomenclatura interna de este Tribunal, la cual quedó firme en fecha 10 de Junio del 2022, con lo cual a todas luces, este caso se configura con lo establecido por la referida sala, dado que evidentemente no se ha dejado transcurrir el mencionado lapso de los noventa días establecidos en el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil; contraviniendo así los requisitos formales exigidos por el referido art.....