Esta Corte de Apelación del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso, interpuesto por la profesional del derecho Abg. ANGELA COROMO GIL VIVAS en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público en materia Penal de Responsabilidad del Adolescente contra sentencia definitiva publicada en fecha 01 de Noviembre de 2010, inserta en la causa principal UP01-D-2009-182, dictada por el Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal, presidido por la Juez Profesional Abg. María Cecilia Mostafá, en la cual Declaró NO RESPONSABLE PENALMENTE, a la adolescente acusada, de la comisión del delito de Secuestro, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el artículo 83 de la Norma Adjetiva Penal, en consecuencia se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia definitiva apelada. Igualm.....