"...IV-
-DECISIÓN-
En torno a las consideraciones jurídicas expuestas de conformidad con lo establecido en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, así como de la sentencia vinculante dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nº 1708 de fecha 16 de noviembre de 2011; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, cumplidas como han sido las notificaciones en el presente proceso, se iniciará a partir del día siguiente, el lapso de suspensión por noventa (90) días continuos como dispone el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y fuerza de ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela publicada en la Gaceta Extraordinaria N° 6.220 de fecha 15 de marzo de 2016; y así se decide..."