D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, solicitada por los cónyuges, ciudadanos: MARIA CONSUELO GODOY GALEA y PEDRO RAMON CUAURO PINEDA, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 10.368.944 y 7.916.830, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio Elio José Zerpa Isea, Inpreabogado Nro. 0568. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: Veinticuatro (24) se Agosto del año 1985, por ante la Alcaldía de la Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe (hoy coordinación de Registro Civil de.....