PRIMERO: Se declara procedente la oposición a la partición del inmueble señalado en el escrito libelar el cual consiste unas bienhechurías sobre un lote de terreno municipal que mide nueve metros con ochenta y cinco centímetros (9,85 mts) de frente por veintiséis metros (26 mts) de fondo, ubicadas en la Avenida 12 entre calles 6 y 7, Sector La Peñita de la ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Carlos Osorio, SUR: Avenida 12, que es su frente, ESTE: Casa de Ana Jacinta Castillo y, OESTE: Casa de Florindo Barraez, las cuales las hizo a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio. La propiedad de dichas bienhechurías se puede evidenciar del Título Supletorio protocolizado en fecha 21 de enero de 1998, por ante el Registro del Municipio Autónomo Bruzual del Estado Yaracuy, quedando registrado bajo el número 15, folios 1 al 3. Protocolo Primero, Primer Trimestre del año 1998, realizada por la ciudadana O.....