PRIMERO: ADMITE a sustanciación la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Yarlenis Eulacio de Acosta, titular de la cédula de identidad N° 12.077.752, asistida por el Procurador del Trabajo abogado Jesús Jordán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.146, contra la Alcaldía del Municipio La Trinidad del estado Yaracuy, y en consecuencia, este Tribunal;
SEGUNDO: ORDENA la notificación del ente municipal presunto agraviante, Alcaldía del Municipio La Trinidad del estado Yaracuy, en la persona de la Alcaldesa, ciudadana Yosmary Guevara, para que comparezca a la realización de la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice.
TERCERO: ORDENA la notificación de la Síndico Procurador Municipal del Municipio La Trinidad del estado Yaracuy, para que comparezca a la realización de la audiencia oral y pública, la cual será.....