En virtud de lo anterior, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA CADUCIDAD Y EN CONSECUENCIA EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa de acuerdo a lo previsto en el artículo 267.1° y 269 del Código de Procedimiento Civil.
Como lo accesorio sigue a lo principal, se levanta la medida de embargo decretada por este Tribunal en fecha 30 de marzo de 2007, y se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Mediadas de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy para que envíe al Tribunal de la causa, el despacho de embargo en el esto en que se encuentre.