En mérito de las razones expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA al ciudadano JUAN MANUEL ESCOBAR SANCHEZ, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº 16.111.614, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de su Difunto Padre, el ciudadano JUAN ESCOBAR, SIN PERJUICIOS DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS