Por las razones que se expusieron, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en sede contencioso administrativa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos incoado por las abogados Carmen Sulbaran Villamizar y Carmen Josefina Miere, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil "Gutiérrez y Protecciones de Seguridad, C.A." (GUPROSE), en contra del acto administrativo contenido en el auto dictada en fecha 20-12-2012 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, con motivo de la solicitud de reenganche y pagos de salarios caídos que cursó en el expediente 057-2012-01-00846, a tenor de lo previsto en el numeral 9 del artículo 425 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las.....