Por las razones anteriormente explanadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO incoada por la ciudadana MARIA CATALINA RAMIREZ PERAZA, contra su cónyuge, ciudadano ÁNGEL RAMÓN PÉREZ, con cedulas de identidad Nos: V-10.860.189 y V-10.120.246, respectivamente.
SEGUNDO: DECLARA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS, por ante la Prefectura Civil del Distrito Bolívar, Aroa, estado Yaracuy, según acta de matrimonioNº 15, folio 22, de fecha veintidós (22) de febrero del año 1.988.
TERCERO:Remítase bajo oficio copia certificada de la presente sentencia a la Oficina de Registro Civil del municipio Bolívar del Estado Yaracuy y al Registro Principal del estado Yaracuy.
CUARTO: Expídase copia certi.....