este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON
LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos ANTONIO MARÍA HERNÁNDEZ TOVAR y NORIS MARGARITA GUEVARA, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.971.054 y V-7.501.430 respectivamente y DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CONTRAIDO ENTRE ELLOS el día
diecinueve (19) de Agosto del 1988, por ante la Prefectura del Municipio San Pablo, Distrito Sucre del Estado Yaracuy, Según acta de matrimonio N° 34, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.