En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Civil Yaracuyano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 12 de noviembre de 2015 por la parte demandada, ciudadana Teiguy Pestana, debidamente asistida de abogados, contra la sentencia dictada el 06 de octubre de 2015 por el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de esta Circunscripción Judicial.
Se confirma la sentencia apelada en todas sus partes.
Se condena en costas procesales a la parte demandada por haber salido perdidosa en el ejercicio del presente recurso, de conformidad con el artículo 281 del CPC.
Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del CPC.