Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Publico Primero Abg. Víctor Abrahán Iglesias, en el sentido que le Imponga una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, por considerar que las circunstancias en el presente caso no han variado y, por cuanto con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta al referido acusado por este Juzgado de Juicio se encuentran aseguradas las finalidades del proceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ DE JUICIO
ABG. DENYS SALAZAR GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. ROSSANA CERESA FERNANDEZ