DISPOSITIVO
Por todas las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional ejercida por los ciudadanos ARVENIS FERNANDO SENIOR REVILLA, LUISA MERCEDES JIMENEZ de MORALES, MARÍA GALISIA LEÓN CORDERO y, NELY ROJAS, identificados plenamente en el dossier, contra las presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales por parte de los ciudadanos ROMER PINTO, FRANKLIN FALCÓN, MARÌA GABRIELA CARDOZO, NOHEMÏ IBAÑEZ, WILMER GUDIÑO, ISMAEL TORREALBA, ROXANA OLACHEA, JOSÉ HEREDIA, WILMAR ÁLVAREZ, SERGIO VÉLEZ, DOMINGO OVIEDO, CARLOS TORRES, ALONZO ZAPATA y FELIX LÓPEZ; titulares de las cédulas de identidad números V-16.593.565, V-20.320.095, V- 10.863.565, V-21.302.103, V-24.165.622, V-13.797.378, V-15.767.564, V-13.797.564, V-18.547.6.....