este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se repone la presente causa al estado admisión y se declaran nulo y sin efecto alguno todos los actos procesales.
SEGUNDO: Se abstiene de admitir la presente acción, y ordena a la representación judicial de la parte actora subsanar el libelo de demanda