Por las razones de hecho y fundamentos de derecho antes expuestos, en aras de lograr Justicia y Paz Social en el campo; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decide:
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de apelación interpuesto el día once (11) de marzo del año 2009, por el Abogado ENIO JESÚS ZERPA BOISSIERE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.979, apoderado judicial de la entidad mercantil "INVERSIONES OTAGA C.A.", parte demandada en la presenta causa contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria del Estado Yaracuy, de fecha veintisiete (27) de febrero del año 2009, en atención a lo dispuesto en el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
2.- Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto en fecha once (11) de marzo del año 2009, contra la deci.....